A finales del pasado enero entraba en vigor el nuevo Reglamento General de Circulación, marcando nuevos límites de velocidad en determinadas carreteras. Puede que esta modificación del artículo 48 del Reglamento aún tenga despistados a algunos conductores. ¿Cuándo se te permite adelantar? ¿A cuánto ascienden las multas por infringir esta normativa? ¿Cuáles son las carreteras afectadas por estos cambios? Nunca está de más hacer un breve repaso de la situación actual.

Carreteras convencionales

¿Vas por una carretera convencional que no cuenta con separación física entre un sentido de la circulación y el otro? Si conduces un coche o una moto, ten en cuenta que la velocidad máxima permitida es de 90 km/h. En caso de que estés manejando otro tipo de vehículo, el límite se reduce a 80 km/h.

Sin embargo, en aquellas carreteras convencionales cuyos sentidos de circulación sí están separados de forma física, el límite máximo sigue siendo de 100 km/h. Eso sí, esta limitación solo se aplica en turismos, motocicletas y autocaravanas. Por tanto, basta con prestar atención al tipo de carretera convencional por la que circulas. Determinar la velocidad no resulta complicado.

Adelantamientos

A pesar de que el límite de velocidad se reduzca, está permitido rebasarlo en casos de adelantamiento. Así, existe la posibilidad de superar el límite en 20 km/h. En resumen: los coches y motos pueden alcanzar puntualmente los 109 km/h. Eso sí: únicamente se permite adelantar a vehículos que circulen a una velocidad inferior a 90 km/h.

Carreteras no asfaltadas

Para aquellas carreteras sin asfaltar ni pavimentar, la velocidad máxima permitida pasa a ser de 30 km/h. Es decir, si conduces –por ejemplo- por un camino de tierra, recuerda que no puedes superar esta limitación.

Sanciones

¿Cuánto tendrías que pagar en caso de rebasar la velocidad permitida? En caso de circular a más de 91 km/h, la sanción se establece en, al menos, 100 euros. No obstante, dependiendo de la velocidad de circulación del vehículo, la cifra puede ascender hasta los 600 euros. Asimismo, también se contempla la pérdida de puntos para infractores que superen los 121 km/h.

En KM0 España estamos muy concienciados con la seguridad vial. Por ello, siempre intentamos hacer hincapié en la necesidad de respetar las normas de circulación. En la carretera es importante extremar precauciones y acatar la normativa vigente. Además, recuerda poner tu vehículo a punto antes de viajar. Un buen mantenimiento de tu coche es esencial.

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